Auxiliar Administrativo/a
Ayuntamiento de Alaquàs · Valencia
Plazo de solicitud
Calculado sobre los 10 días hábiles que declara el BOE, contados desde el día siguiente a la publicación (art. 30 de la Ley 39/2015). Solo se descuentan los festivos nacionales: un festivo autonómico o local puede correr el cierre un día más, nunca menos. Cómo lo contamos.
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El documento del BOE no dice grupo ni derechos de examen. Suele estar en las bases completas.
Y ahora, ¿qué?
- Lee las bases completas. No están en el BOE: se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, número 135, de 17 de julio de 2025. Ahí está el temario, los requisitos y el modelo de solicitud.
- Comprueba que cumples los requisitos. La titulación exigida no consta en el documento del BOE; está en las bases.
El temario completo
28 temas, tal y como los publica el boletín provincial. Ver el documento oficial.
- 1Mayor puntuación en el apartado de oposición.
- 2Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional.
- 3Mayor puntuación en el apartado de fase de concurso
- 4Sorteo Los desempates mediante sorteo consistirán en la atribución del orden a la persona cuyo ape- llido deba figurar en primer lugar en virtud del sorteo público que se celebra anualmente para determinar el orden alfabético de actuación de las personas aspirantes en cada una de las pruebas selectivas, conforme al artículo 17, apartado 1, del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la Función Pública Valenciana. A tal efecto, se estará a la resolución publicada y en vigor en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias. BASE NOVENA.-ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA. PE- RIODO DE PRÁCTICAS, NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESIÓN. 9.1. La condición de personal funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos: a) Superación del citado proceso selectivo y el periodo de prácticas. b) Nombramiento por la Alcaldía-Presidencia. c) Acto de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valen- ciana y del resto del Ordenamiento Jurídico. d) Toma de posesión dentro del plazo que se establezca. 9.2. Tras la superación del proceso selectivo, las personas aspirantes propuestas por el OTS deberán aportar en el Registro General del Ayuntamiento de Alaquàs, dirigido al Departamen- to de Recursos Humanos, en el plazo de veinte días hábiles, desde que se haga pública la re-Los Estatutos de Autonomía
- 1Cada nombramiento de interinidad, tanto para la sustitución transitoria del titular o para la ejecución de programas de carácter temporal o por exceso o acumulación de tareas que haya de realizarse, se ofrecerá́ a la persona que, estando en disposición de aceptarlo y pudiendo hacérsele el nombramiento con arreglo a la normativa vigente, ocupe en ese momento la primera posición de la bolsa. Cuando se trate de un nombramiento de interinidad con motivo de la cobertura de un puesto vacante, se le deberá ofrecer a la primera persona que no haya obtenido un nombramiento por este motivo, incluyendo las personas que estén trabajando por cualquier otra modalidad prevista en la legislación aplicable.
- 2El llamamiento se realizará simultáneamente mediante llamada telefónica, SMS y correo electrónico, a los datos facilitados por la persona correspondiente. Será responsabilidad exclusiva de la persona aspirante los errores en la consignación de sus datos y sus futuras modificaciones. Carrer Major, 88, 46970 Alaquàs, València - 961 51 94 00 - La imposibilidad de localización en dos llamamientos consecutivos supondrá que la persona pase a la situación de no disponible, hasta que actualice sus datos, momento en que pasará a situación de disponible, ocupando el último lugar de la bolsa de trabajo.
- 3La persona aspirante dispondrá de un plazo máximo de 48 horas, salvo que se señale otro mayor, para incorporarse al servicio cuando sea requerida y presentar la documentación prevenida en la base séptima. En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado, se entenderá que rechaza la oferta.
- 4En el caso de rechazar de manera injustificada la oferta de nombramiento propuesta, el aspirante pasará al estado no disponible. Para recuperar la situación de disponible, la persona interesada deberá comunicarlo por registro de entrada del Ayuntamiento de Alaquàs, ocupando el último lugar de la bolsa de trabajo, salvo que el rechazo se deba a causas justificadas, que mantendrá su lugar de la bolsa. Se entenderán como causas justificadas del rechazo de la oferta aquellas que, habiéndose probado por cualquier medio admisible en Derecho, se recogen en el artículo 17.1 de la Orden 18/2018, de 19 de julio, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, sobre regulación de bolsas de empleo temporal para proveer provisionalmente puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat, con las especificidades siguientes: • En caso de que la aspirante a quien le corresponda el llamamiento se encuentre embarazada, y el informe de salud laboral fuese no apto, o apto con restricciones por motivo de riesgo para su embarazo, se procederá́ a su contratación y se iniciará la tramitación de la situación por riesgo de embarazo o permiso correspondiente, o la adaptación que fuese necesaria. No obstante, si la interesada desea rechazar la oferta, se considerará causa justificada y mantendrá́ su orden en la bolsa de empleo. • En caso de que las personas aspirantes a quienes corresponda el llamamiento se encuentren en situación que, en caso de estar en activo, daría derecho a permiso por maternidad,
- 5El nombramiento se prorrogará, en su caso, en el supuesto de que se desempeñen con satisfacción las funciones del puesto y que exista necesidad de continuidad. Si una persona incluida en la bolsa de trabajo cesa en la prestación de sus servicios por causa que no le es imputable, ocupará el lugar de prelación de la bolsa acorde con su puntuación.
- 6Son motivos de exclusión de la bolsa los siguientes: • La baja voluntaria durante la vigencia del contrato o nombramiento. • Por falsedad o falta inicial o sobrevenida de alguno de los requisitos exigidos o de las circunstancias aletadas para su inclusión en la bolsa. • La revocación de nombramiento por infracción disciplinaria o la no superación de periodo prueba. Carrer Major, 88, 46970 Alaquàs, València - 961 51 94 00 - BASE ONCEAVA.-PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Dere- chos Digitales, el Ayuntamiento de Alaquàs informa a las personas interesadas en el proceso selectivo objeto de la presente convocatoria que los datos de carácter personal que faciliten a través del formulario de solicitud serán incorporados a un fichero con la finalidad de gestio- nar los procesos de selección de personal en el seno del Ayuntamiento, siendo la base legalProtección de datos (LO 3/2018 y RGPD)
- 7Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo común de las AAPP.El registro de en- trada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones. Especial referencia a la Administración electrónica y a la tramitación electró- nica de expedientes.Procedimiento Administrativo Común (Ley 39/2015)Administración electrónica
- 8Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo común de las AAPP. Los interesados en el procedimiento administrativo: concepto y capacidad de obrar. Sistemas de identificación y firma. Uso de medios electrónicos. Derechos y obligaciones de las personas en sus relaciones con la administración.Procedimiento Administrativo Común (Ley 39/2015)
- 9Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo común de las AAPP. Recursos adminis- trativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos.Procedimiento Administrativo Común (Ley 39/2015)Recursos administrativos
- 10Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat de la Función Pública Valenciana. Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de Octubre, por el que se aprueba TREBEP. El personal al ser- vicio de las corporaciones locales. Concepto y clases. Selección y provisión de empleados pú- blicos.Estatuto Básico del Empleado Público
- 11Habilidades comunicativas y comunicación interpersonal. Carrer Major, 88, 46970 Alaquàs, València - 961 51 94 00 -
- 12Planificación y gestión del tiempo.
- 13La mejora continua y la calidad en la Administración pública.
- 14Gestión por procesos.
- 15Atención al público: acogida e información al ciudadano. Las funciones de informa- ción administrativa y de atención al ciudadano. Habilidades de comunicación. El trabajo en equipo. La integración en un equipo de trabajo. Administración del tiempo. Gestión y resolu- ción de conflictos.Atención al ciudadano
- 16Actividad administrativa y ofimática: Procesadores de texto y hojas de cálculo (nivel usuario): principales funciones y utilidades. Correo electrónico. Red Internet. Página web del Ayuntamiento de Alaquàs (información y procedimientos relacionados con el ciudadano).Ofimática e informática básica
- 17Procesadores de texto: Word. Principales funciones y utilidades. Creación y estructu- ración del documento. Gestión, grabación, recuperación e impresión de ficheros. Personaliza- ción del entorno de trabajo.Ofimática e informática básica
- 18LEY 9/2017, de 8 de Noviembre, de contratos del Sector Público. Los contratos admi- nistrativos en la esfera local. Disposiciones generales: objeto y ámbito de aplicación de la Ley. Clasificación de los contratos administrativos. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público.Contratos del Sector Público (Ley 9/2017)
- 19RD 1372/1986, de 13 de junio, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. El patrimonio privado de las mismas.Bienes y patrimonio de las entidades locales
- 20RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Regu- ladora de las Haciendas Locales. Los Presupuestos de las Entidades Locales. Principios, inte- gración y documentos de que constan. Proceso de aprobación del Presupuesto Local. Princi- pios generales de ejecución del Presupuesto. Modificaciones presupuestarias: los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito, las transferencias de créditos y otras figuras. Liquidación del Presupuesto.Haciendas Locales (RDL 2/2004)El presupuesto de las entidades locales
- 21RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Regu- ladora de las Haciendas Locales. Los Recursos de las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos y gastos. Las ordenanzas fiscales. Las tasas. Los precios públicos. Los impuestos mu- nicipales.Haciendas Locales (RDL 2/2004)
- 22Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones. Subvenciones públicas: Procedimientos de concesión y gestión.Subvenciones públicas (Ley 38/2003)
- 23Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hom- bres. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres: principios generales. Acción administrativa para la igualdad. Igualdad y me-dios de comunicación. Igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral. El principio de igualdad en el empleo público. Carrer Major, 88, 46970 Alaquàs, València - 961 51 94 00 -Igualdad efectiva de mujeres y hombres (LO 3/2007)
- 24Ley 19/2023 de 9 de diciembre y Ley 1/2022, de 1 de abril, Ley de Transparencia, ac- ceso a la información pública y buen gobierno. El derecho de acceso a la información pública. Buen Gobierno. El Consejo de Transparencia y buen gobierno. Carrer Major, 88, 46970 Alaquàs, València - 961 51 94 00 -Transparencia y buen gobierno (Ley 19/2013)
Hacer el simulacro de ESTA convocatoria — las preguntas repartidas como las reparte su temario
¿Es lo normal en este puesto? Compara con los demás temarios de Auxiliar Administrativo.
Copiado del texto de las bases publicadas en el boletín. Si el boletín se corrige, manda el boletín. Las materias son nuestras: salen de la norma que cita cada tema, y donde no se reconoce ninguna no ponemos etiqueta.
Qué dice el BOE
Resolución de 23 de enero de 2026, del Ayuntamiento de Alaquàs (Valencia/València), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
En el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» número 135, de 17 de julio de 2025, se han publicado las bases que han de regir la convocatoria para proveer: Seis plazas de Auxiliar Administrativo/a, pertenecientes a la escala de Administración General, subescala Auxiliar y clase Auxiliar, por el sistema de concurso-oposición, en turno libre. Se ha publicado, asimismo, un extracto de la convocatoria en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» número 10183, de 29…
Leer el documento oficial en el BOE ↗Parecidas a esta
Misma profesión, y a ser posible en la misma provincia y con el plazo abierto.
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